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TERRITORIO DIAGUITAGHASTA

DERECHO A LA COMUNICACIÓN CON IDENTIDAD

5 de marzo de 2018

Fallo histórico: los Chuschagasta son dueños de la tierra por la que mataron al cacique Chocobar







La Cámara de Casación apartó a un magistrado que había absuelto a una funcionaria acusada de extorsionar, durante años, a la comunidad Chuschagasta para desalojarla. La disputa llegó hasta el homicidio del comunero Javier Chocobar, en un crimen que quedó filmado y todavía puede verse por YouTube.

El asesinato a sangre fría del comunero Javier Chocobar fue el corolario de una disputa que la Justicia tucumana podía haber frenado a tiempo. Esa apreciación es la que se desprende de un contundente fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, que resolvió apartar al juez tucumano que ignoró los reclamos de la comunidad indígena Chuschagasta, que venía advirtiendo la violenta presión que sufría por parte de las autoridades locales para entregar sus tierras a un empresario. Además, declaró a las tierras disputadas como legítima propiedad de los originarios y declaró delito a cualquier intento por disputársela.


Un crimen que se pudo evitar
El asesinato ocurrió el 12 de octubre de 2009 y quedó filmado en un video que todavía puede verse en YouTube. El empresario Darío Amín se presentó en el territorio que disputaba con miembros de la comunidad Chuschagasta, perteneciente a la Nación Diaguita, en la localidad de Trancas, al norte de la Provincia de Tucumán. Llegó armado y acompañado de dos ex policías, Humberto “el Niño” Gómez y José Valdiviezo. Tras un intercambio de palabras, comenzó una balacera contra los comuneros que terminó con dos de ellos heridos y Chocobar muerto.

Uno de los agresores filmó el ataque y perdió la cámara en la revuelta. El video registra claramente el comienzo de la agresión, aunque el disparo mortal contra el cacique sólo queda registrado en audio. Hoy, los imputados enfrentan penas de cadena perpetua en una causa que ya fue elevada a juicio oral y que podría comenzar este año.


Las advertencias desoídas
Los Chuschagasta ya había recurrido a la Justicia cuatro años antes del crimen de Chocobar. Se generó una causa en Tribunales Federales que fue acumulando pruebas de que la comunidad era legítima propietaria de la tierra. En ese expediente, se fueron documentando las presiones que -según los comuneros- sufrieron sus miembros durante años por parte de la ex delegada comunal de la localidad de Ancajuli, Silvia Chiarello, su hermano Dante y otras personas bajo su mando. Todos, según se detalla en el expediente, amenazaban a los habitantes de la zona con dejarlos sin nada si no firmaban documentos de entrega del territorio al empresario Amín. En muchas oportunidades, los coaccionantes se presentaron armados, señalan las incontables demandas.

Los testimonios, los informes de Gendarmería, el material fotográfico y otros elementos probatorios fueron nutriendo un expediente que terminó, de manera sorpresiva, con la absolución de los demandados (la delegada comunal y su hermano), en octubre de 2012, cuando ya Chocobar había sido asesinado. La sentencia fue firmada por el conjuez Mario Leiva Haro y fue impugnada por la querella (los denunciantes Clementino Salvador Cata y su hermana, Cesárea) y por el Fiscal General, Gustavo Gómez. Pese a ello, dos años más tarde, la Cámara Federal de Apelaciones confirmó la desvinculación de los acusados.

Un fallo demoledor
Sin embargo, la semana pasada la Cámara Federal de Casación Penal emitió una dura sentencia contra el accionar del juez Leiva Haro y la Cámara Federal de Apelaciones por no dar curso a las denuncias ni contrastar las pruebas recabadas. En una resolución del 21 de febrero de este año, anuló las absoluciones.

“La sentencia, lejos de significar la aplicación de criterios de la sana crítica, trasunta en un acto jurisdiccional teñido de fundamentación aparente lo que fulmina su nulidad”, dice el fallo. “No se advierte por parte del tribunal de la anterior instancia el mínimo esfuerzo por dar respuesta a los embates efectuados por los apelantes en los respectivos recursos de apelación y expresión de agravios. Así pues, no se ha realizado un estudio exhaustivo de los hechos denunciados y su contraste con la voluminosa prueba que se ha recabado a lo largo de la investigación”, continúa.

La sentencia, además, reconoce la propiedad ancestral de las tierras que defendía Chocobar. “La Comunidad Los Chuschagastas cuenta con el reconocimiento del Estado Nacional, a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas”, indican los jueces Eduardo Rafael Riggi (presidente), Ana María Figueroa y Liliana Elena Catucci, miembros de la Sala I. Los magistrados, además, determinaron que cualquier intento de desalojo constituye un delito: “ello acredita la posesión de la tierra durante generaciones antepasadas, y deja huérfana y erige en delictiva cualquier pretensión que se articule sobre la disputa por el dominio del territorio que ocupa la Comunidad de Chuscha”.

La Cámara hizo lugar al planteo de Gómez, que había señalado que la muerte de Chocobar es “consecuencia directa de la falta de la legalidad del presente proceso penal” y define al crimen como acontecido en el “contexto de una disputa territorial innecesaria, pues la Ley 26.160 declaraba la emergencia en materia de posesión”.

Los camaristas, además, resaltan la insistente desobediencia judicial de los acusados y del empresario Amín, que durante años explotó la cantera de piedra laja del lugar, pese a que una medida cautelar se lo prohibía. “El acto de poner en posesión a Amín el 20 de noviembre de 2012 (…) configura por lo menos, a priori, un acto judicial que desconoce la Ley vigente que al momento del hecho establece claramente, que corresponde suspender todos aquellos actos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras pertenecientes a pueblos originarios.”, indica la sentencia.

La jueza Figueroa consideró que “el tribunal a quo omitió tomar en consideración el alto grado de vulnerabilidad –social, étnica geográfica, laboral, familiar, personal- que presentaban las víctimas de la comunidad originaria”, planteo al que adhirieron sus dos colegas.

De esta manera, el juez Leiva Haro queda apartado del caso y la absolución de los imputados, anulada. La causa deberá volver al tribunal de origen para que designe un nuevo magistrado que prosiga con la investigación, esta vez “con la celeridad y recaudos que las presentes actuaciones merecen”.

El seguimiento de la tarea periodística estuvo a cargo de Mariana Romero

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