UPND SALTA

TERRITORIO DIAGUITAGHASTA

DERECHO A LA COMUNICACIÓN CON IDENTIDAD

11 de septiembre de 2026

No al Saqueo y al Extractivismo de nuestros Territorios.

 

Proyecto aurífero y cuprífero Alto El Mulato Fuera de Territorio Diaguita!!!

Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita Salta – UPNDS, nos pronunciamos en acompañamiento de la lucha y resistencia del Pueblo Diaguita en la Comunidad Peñas Negras en la provincia de Catamarca.

Desde diciembre de 2023 nuestros territorios Originarios se encuentran en Inseguridad Jurídica, a partir del Decreto Inconstitucional 70/23, que facilito al gobierno de Javier Milei la posibilidad de alterar ilegalmente la institucionalidad democrática del país. Con derogación de leyes, con cierre de áreas institucionales especificas para Pueblos Originarios, con persecución judicial, con violación e incumplimiento de la normativa vigente en materia de los derechos colectivos.

El gobierno libertario en connivencia con los gobiernos provinciales, pretende reinstalar el sistema colonial iniciado en 1492. Régimen totalitario y supremacista, de apropiación territorial, racista y negacionista de las identidades preexistentes, que solo produce DEUDA, HAMBRE, SAQUEO, REPRESIÓN Y DESPOJO.

Denunciamos:

Desde el 1 de setiembre la Comunidad Diaguita Peñas Negras viene sufriendo ataques y hostigamiento por parte de empresas mineras, quienes pretenden usurpar el territorio para instalar ilegalmente su proyecto de saqueo y exterminio. Los usurpadores ingresaron a territorio comunitario con camionetas, con matones a sueldo, escoltados por fuerzas policiales, quienes estaban encapuchados, con escudos y sin identificación correspondiente, atacaron y atropellaron a las familias Diaguitas en Peñas Negras.

El proyecto Alto el Mulato pretende usurpar territorio originario para llevar a cabo su extractivismo a gran escala, sin mediar ni considerar las vidas en el Territorio.

Alto El Mulato, la Empresa Elevado Gold S.A. y su operadora Amalaya S.A. no cuentan con el CLPI correspondiente a Pueblos Originarios, además de no tener ninguna licencia social ni legal para ingresar a nuestros territorios ancestrales.

Este proyecto extractivista afecta también a Territorio Diaguita en la actual provincia de Salta, se ven amenazados los territorios y los miembros de la Comunidad Diaguita Kallchakí Jasimaná - UPNDS.

El pueblo Diaguita habita estos territorios desde siempre compartiendo el intercambio productivo, los sitios sagrados, los lugares de pastoreo comunitario, los vientos y nacientes conducen sus corrientes hacia los valles Kallchakíes, las vertientes de agua alimentan Pampallana, Río Grande, Arremo, Hualfin, Pukarillo, Compuel, Angastako, entre otros valles, todos estos territorios serán afectados directamente por cualquier emprendimiento extractivista producido en las altas cumbres, contaminando aire, tierra y subsuelo, alterando el Buen Vivir territorial.

Las autoridades comunitarias refieren, “Nuestro territorio es lugar de pastoreo ancestral, de aguadas, de sitios sagrados y de vida comunitaria ancestral”, “el territorio no es un desierto, es nuestra casa”, “Nosotros somos territorio, somos parte de la tierra. Si rompen el cerro arriba, destruyen nuestra vida, si nos secan el agua, matan todas las vidas en el territorio” , "Queremos vivir en paz y en nuestros territorios"

Como Sujetos de Derecho Colectivo:

Exigimos el pleno cumplimiento de nuestros Derechos como Pueblos Originarios preexistentes, el cese del hostigamiento policial y el retiro inmediato y definitivo de toda maquinaria del territorio comunitario.

La Constitución Nacional en su Art 75, Inc.17, 18, 22, 41, prevé:

Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería Jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano, ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

Artículo 41.- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras;

El Convenio 169 de la OIT prevé el deber de; consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;

La Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Originarios de la ONU establece; Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad, los Pueblos Originarios tienen derecho a la libre determinación y determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural, tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado, tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, objetos, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos originarios interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su Consentimiento Libre, Previo E Informado.

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe prevé: garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

Como Pueblo Nación Acompañamos la Asamblea permanente en el Territorio de la Comunidad Diaguita Peñas Negras. Exigimos Consulta y Participación en el marco de un Consentimiento Libre Previo e Informado.

Somos Agua, Fuego, Aire y Tierra

Somos Territorio