ENOTPO - Argentina, Abril 2021.
A 529 años de la llegado del usurpador y colonizador a
nuestros territorios, refrendamos nuestra condición de Pueblos Naciones
Originarias, Sujetos de derecho colectivo, preexistentes a las colonias y a los
Estados.
Lxs colonizadores y la oligarquía pretende continuar
llamándonos “indígenas”, “aborigenes”, “campesinos/as”, “indios/as”, “pobres”,
“marginales”, para no reconocer nuestra preexistencia milenaria como pueblos y naciones originarias
Moqoit, Pilagá, Qom, Wichí, Chorote, Chulupí, Guaraní, Chané, Kolla, Yojwis,
Huarpe, Diaguita, Tonokoté, Lule, Vilela, Mapuche, Tehuelche, Rankulche,
Selk’nam, Mbyá Guaraní, Ava Guaraní, Tupí Guaraní, Ocloya, Omaguaca, Tilián,
Charrúa, Comechingón, Tastil, Tapiete, Chicha, Sanavirón, Abipón, Yámanas,
Yaganes, Huaycurú, Atacama, Pilagá, Tilcara, Weenhayek, Nivaclé,
territorialmente organizados en más de 2000 bases y comunidades comunitarias,
representados a través de Instituciones y Autoridades tradicionales propias.
Denunciamos la violación sistemática de nuestros derechos
como pueblos originarios preexistentes por parte del Estado argentino.
El Estado argentino a través de su gobierno nacional y
popular pretende violar nuestros derechos constitucionales a la Consulta y a la
Participación, este accionar nos demuestra que continúan sosteniendo una
política racista y discriminatoria hacia los pueblos y naciones originarias.
Hoy se continúa profundizando una política colonial y
paternalista de vulneración de nuestros
derechos colectivos como pueblos preexistentes, la cual implica un alto grado
de discriminación, racismo y xenofobia hacia nuestros Pueblos, hacia nuestras
instituciones ancestrales y nuestras culturas milenarias, donde se invisibiliza
la base plurinacional de nuestro país y la realidad de los Pueblos Originarios,
la cual es transversal a todas las instituciones y áreas del Estado (salud,
educación, ambiente, agricultura, economía, desarrollo, cultura, comunicación,
etc).
El Estado con su accionar inconsulto y arbitrario, ataca la
institucionalidad de los Pueblos y Naciones Originarias, replicando prácticas
colonialistas, feudales, xenófobas y discriminatorias, actuando de manera
totalitaria con los Pueblos Originarios, negando al Sujeto de Derecho
Colectivo.
Que el Estado argentino designe a un NO Originario u
Originaria a cargo de la aplicación de los derechos y las políticas públicas de
los Pueblos Originarios es racismo y discriminación, es perpetuar la
colonización, es poner al zorro en el gallinero o un puma en el corral de
ovejas, es resucitar y replicar las políticas de lxs Colón, lxs Cortéz, lxs
Pizarro, lxs Roca, lxs Videlas, , , en desmedro de los derechos colectivos de
los Pueblos.
No se nos ocurre ver al gobierno nacional y popular
designando a un/a represor/a a cargo de las políticas de derechos humanos, o a
un “machirulo” a cargo de las políticas de género, o a un esclavista a cargo de
las cuestiones afrosdescendientes, es URGENTE REPARAR de una vez y para siempre
esta práctica racista hacia nosotrxs los Pueblos Originarios.
Resulta urgente atender los conflictos emergentes en los
territorios y superar las pandemias de la gestión anterior, que ha desguazado y
paralizado la política intercultural indígena desde diciembre de 2015, pandemia
que violó sistemáticamente nuestros derechos, persiguiendo, hostigando y
atropellando a nuestrxs referentxs, persiguiendo y desapareciendo a nuestro
wenvy Santiago Maldonado, reprimiendo y matando a mansalva al weichafe Rafael
Nahuel. Con la complicidad de lxs
servicios, del consultivo de turno y de un sector elitista de la justicia que
multiplico por cientos las causas persecutorias a nuestras familias y miembrxs.
La derecha no fue tibia para avanzar en el saqueo de nuestros territorios, el
desguace, el endeudamiento y la entrega del País.
Desde el ENOTPO sostenemos que la reparación histórica hacia
los Pueblos Originarios, para que sea real, concreta y efectiva, debe incluir
indefectiblemente:
LA RESTITUCIÓN Y TITULACIÓN DE NUESTROS TERRITORIOS
COLECTIVOS
1. La promulgación de una Ley de Propiedad Comunitaria
Indígena. Sólo a través de una ley como esta se hará efectiva, en forma de
título de propiedad comunitaria, la posesión reconocida a través de los
relevamientos territoriales realizados en el marco de la Ley 26.160. Hay dos
aspectos clave que debe tener en cuenta una ley como esta. Una es la diferencia
entre tierra (entendida como una extensión o porción de suelo, como un inmueble
alienable y factible de ser negociado) y territorio (entendido como un espacio
vital cargado de sentidos, memorias y vínculos históricos, culturales y
espirituales). Los Pueblos Originarios y nuestras comunidades tenemos derecho a
obtener la propiedad de nuestros territorios, que son estos espacios cultural e
históricamente significativos. En segundo lugar, una Ley de Propiedad Comunitaria
Indígena debe enfatizar que las tierras tituladas no serán enajenables,
transmisibles, ni susceptibles de gravámenes o embargos. Es de suma importancia y urgencia llevar
adelante la titulación de los territorios comunitarios a fin de resolver las
injusticias históricas que se han cometido contra los Pueblos Originarios. La
titulación de las tierras no sólo evitará los conflictos, sino que permitirá a
nuestros pueblos y comunidades desarrollarnos con identidad y alcanzar el ideal
del Buen Vivir.
2. El otorgamiento de otras tierras aptas y suficientes. Los
Pueblos Originarios somos pueblos dinámicos y, como cualquier otro colectivo
social, nuestros intereses y necesidades van cambiando con el tiempo. Es por
esto que un proceso de reparación histórica debe tener en cuenta la necesidad
de otorgar, tal como lo estipula la Constitución Nacional en su Artículo 75
Inciso 17, otras tierras aptas y suficientes que nos permitan sostenernos y
desarrollarnos.
3. La lucha activa contra los prejuicios y la discriminación
a los que somos sujetos los Pueblos Originarios. El Estado debe realizar una
campaña educativa orientada a sus áreas, funcionarios y a la sociedad civil a
fin de que se conozca y concientice sobre el marco de derecho indígena en
Argentina y se trabaje en pos de eliminar los estereotipos y estigmas que
existen en nuestro país sobre los Pueblos Originarios, tal como que somos
pueblos extintos, campesinxs, extranjeros, o subversivos. A través de un
trabajo como este se reducirán las persecuciones, la negación de nuestros
derechos y la violencia simbólica, jurídica y física que aún se ejerce sobre
nosotros, y alcanzaremos el reconocimiento de nuestras voces e identidades, tal
como lo afirmó el presidente Alberto Fernández en su discurso de apertura de
sesiones en el parlamento.
4. La elaboración y promulgación de una ley de consulta. La
consulta es el derecho que tenemos los Pueblos Originarios a ser consultados
mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de nuestras
instituciones representativas, cada vez que se planifiquen y se piensen tomar
medidas legislativas o administrativas que puedan afectarnos directamente. Es
decir, antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que
afecten de alguna manera nuestros derechos en aspectos como nuestras
condiciones de vida, instituciones, desarrollo económico, social y cultural y
nuestro bienestar espiritual, así como las tierras y territorios que ocupamos o
utilizamos de alguna manera, el Estado debe garantizar que se realice un
proceso de CONSULTA con los Pueblos Originarios, a través de nuestras
instituciones representativas.
5. Garantizar nuestra participación. Los Pueblos originarios
debemos ser incluidos como participantes activos en todos aquellos aspectos que
nos incumben y nos afectan, tal como la elaboración leyes y políticas públicas
y la gestión de los recursos naturales y culturales que se encuentran en
nuestros territorios.
Por ello, como organizaciones territoriales de Pueblos
Originarios, EXIGIMOS LA DEROGACIÓN del Decreto simple del PEN Nº 672/16 y que
el Estado a través de los organismos correspondientes garantice una
CONVOCATORIA real, con la PLENA PARTICIPACIÓN de los más de 40 PUEBLOS
ORIGINARIOS en el país, a través de sus instituciones representativas con sus
Autoridades territoriales, para restablecer el diálogo entre el Estado y los
Pueblos Originarios, estableciendo una agenda de política pública para los
pueblos originarios basada en las prioridades reales de nuestros territorios.
Reafirmamos nuestra Preexistencia Identitaria, Cultural y
Territorial, la cual se refleja en el Derecho Colectivo y en la jurisprudencia,
el Estado tiene la obligación de respetarlo, hacerlo cumplir y no puede
omitirla bajo ningún punto de vista.
Somos los Pueblos Originarios los únicos interlocutores
válidos para definir nuestros destinos y nuestro devenir cultural, nuestra voz
y nuestra institucionalidad es irreemplazable.
Juntos por Memoria, Identidad y Territorio.
Contacto Prensa: 2604657071
Acompañamientos - Adhesiones:
encuentropueblosoriginarios@yahoo.com.ar
Fuente ENOTPO
http://enotpo.blogspot.com/2021/04/es-necesario-un-estado-plurinacional-no.html?m=1