El territorio está ubicado sobre la Ruta 40, entre Cholila y Esquel
La justicia había remitido la causa al juez federal Guido Otranto, porque entendió que las comunidades mapuches pusieron en riesgo la "seguridad interior" en la toma de un territorio que propiedad de la multinacional Benetton. Pero el magistrado la rechazó, y consideró que se trata de un reclamo amparado en la Constitución Nacional.
Noticias de Esquel.
Por: Gustavo Ahumada.
El juez federal de Esquel Guido Otranto, consideró que la Ley Antiterrorista no se aplica a las comunidades Mapuches que recuperaron tierras ancestrales al noroeste de Chubut, sobre la ruta nacional 40. La causa penal la recibió de la justicia provincial que entendía que se violaba esa ley, porque se afectaba “la seguridad interior”. El magistrado rechazó la competencia porque los hechos “no tienen punto de comparación con la gravedad y entidad de los actos que constituyen actos de terrorismo” y se enmarca en “el contexto de la reivindicación que realizan acerca del territorio que originariamente ocupaba el pueblo mapuche”.
El 13 de marzo pasado comunidades integradas por jóvenes y hasta niños de la “Comunidad de Resistencia del Departamento de Cushamen” recuperaron un territorio situado en la zona que se conoce como “Vuelta del Río”, en el cruce de la ruta nacional 40, entre Cholila y Esquel. Se trata de territorios de la estancia Leleque, a nombre de Compañía de Tierras Sud S.A, una empresa, propiedad de la multinacional Benetton, que pesee con más de un millón de hectáreas en la Patagonia.
“Es de vital importancia el territorio para nuestra existencia como Pueblo, ya que el Mapuche sin territorio, no puede ser de manera íntegra, sobre todo en el contexto actual, donde, grandes terratenientes winkas concentran la mayor parte de nuestro territorio ancestral”, dijeron desde la Resistencia del departamento de Cushamen y el Movimiento Mapuche Autónomo (MAP) tras la toma de las tierras.
“Fuera Benetton” y “territorio Mapuche”, decían las banderas que pusieron las comunidades sobre la ruta después de la toma. Ese día la policía provincial intentó desalojar a los mapuches pero no pudo. La empresa por su parte inició una causa por usurpación en la justicia provincial. Durante esos días, - 18 y 19 de abril-, las comunidades realizaron varios cortes de ruta en protesta. La causa por usurpación comenzó su camino y el 5 de junio pasado se realizó una audiencia ante el juez provincial Martín Eduardo Zacchino.
Después de la audiencia, la fiscalía provincial pidió que la causa pase a la Justicia Federal porque se habrían producido actos de terrorismo. El juez Zacchino se declaró incompetente y mandó el expediente al juzgado federal porque sostenía que las comunidades tenían vínculos con otras pertenecientes a la denominada “Resistencia Ancestral Mapuche, que se han atribuido la autoría de atentados en la Provincia del Chubut y en la Provincia de Río Negro” lo que “generaría una afectación de la seguridad interior”. Según el juez provincial, “existió un despliegue tendiente a obligar a las autoridades nacionales a reconocer derechos de modo cuasi extorsivo” y por ello debía aplicase la Ley Antiterrorista.
Un reclamo indígena amparado en la Constitución
El juez Federal Otranto en una sentencia firmada el viernes pasado desechó esta posibilidad –concordando con la fiscal federal subrogante Silvina Ávila-. “Los hechos que la justicia provincial deriva a la investigación y juzgamiento de este fuero, pretendiendo que sean encuadrados en los términos del art. 41 quinquies del Código Penal, no tienen punto de comparación con la gravedad y entidad de los actos que -según lo que se ha expuesto- constituyen actos de terrorismo”, explicó en la sentencia.
Para el juez “no hubo atentados a la vida ni lesiones de gravedad contra nadie” y que “por virulenta que sea la actitud de las personas que están ocupando el predio en disputa, no se aprecia en ello más que la intención de persistir en la ocupación y nada que tenga que ver con la finalidad de que el resto de la población resulte aterrorizada”. El magistrado destacó que las comunidades “hicieron referencia a que realizaron una recuperación de territorio en la zona concreta del conflicto, que consideran usurpada por la empresa multinacional Benetton”.
“La mención realizada en esa ocasión a que el “Puel Mapu” se extiende en varias provincias argentinas y en Chile sólo puede entenderse en el contexto de la reivindicación que realizan acerca del territorio que originariamente ocupaba el pueblo mapuche, rechazando las posturas públicas que los consideran extranjeros o foráneos en esta región”, explicó el juez federal para no aceptar la competencia de la causa.
“Los hechos que se investigan en el presente legajo sencillamente carecen de los elementos objetivos y subjetivos necesarios para definirlos como “actos de terrorismo””, concluyó el magistrado federal que recalcó que “aquí subyace un reclamo indígena por la propiedad o posesión de la tierra, amparado en el artículo 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, entre otros derechos, que garantiza la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan los pueblos indígenas argentinos, como así también la entrega de otras aptas para el desarrollo humano”.
GA/LC
Fuente: Infojus
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